Paso 12 del IEP: revisión y reevaluación

January 10, 2020 20:19 | Ieps Y Planes 504
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Los IEP y los planes 504 son obligatorios por ley para ser revisado anualmente. Si su hijo recibió un IEP o un Plan 504 en enero, la revisión anual sería el siguiente enero. Su escuela le notificará sobre la fecha y hora de la revisión. Deberías prepararte para ello mientras se preparaba para la reunión original del IEP. Algunas medidas a tomar de antemano incluyen:

1. Complete un nuevo perfil para su hijo, incluidas las nuevas circunstancias o problemas.

2. Consulte al maestro de su hijo antes de la reunión para preguntar qué adaptaciones funcionaron y cuáles ya no son relevantes.

3. Haz una lista de los alojamientos que crees que son más relevantes y útiles

4. Elija las metas que le gustaría que su hijo logre durante el próximo año.

Los correos electrónicos y otras comunicaciones con el maestro durante el año escolar deberían ayudarlo a determinar qué adaptaciones que su hijo ya no necesita, que deben permanecer en su lugar, y nuevas que deben agregarse debido a nuevas desafíos

¿Qué debo hacer si la escuela y los maestros no siguen las adaptaciones en el IEP o el Plan 504?

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Ambos el IEP y la sección 504 son documentos legalmente vinculantes. Una vez que la escuela acepta el documento, a través de la firma de un representante autorizado, está obligado a proporcionar todos los servicios, adaptaciones y modificaciones que figuran en él.

Sin embargo, a veces hay circunstancias atenuantes para los maestros. Quizás el contenido del IEP no se comunicó al maestro por completo, o se condensó o resumió, y el maestro no sabía acerca de un cierto ajuste. Eso pasa. Solicite una reunión y hable con (no con) el maestro. Si esto no resuelve el problema, solicite una reunión del equipo del IEP que incluya al maestro.

Si las adaptaciones aún no se implementan en clase, presente una queja. Se le proporcionó un paquete de información cuando solicitó servicios que deberían enumerar a la persona o personas con las que debería comunicarse.

SI SU HIJO TIENE UN IEP:

  • Escriba al jefe del Departamento de Educación Especial y hágale saber sus inquietudes. Explique qué servicios o acomodaciones no se brindan. Proporcione tantos detalles como sea posible sobre las adaptaciones en el IEP y cuáles no se están implementando.
  • Si elige llamar al jefe del departamento en lugar de escribir, haga un seguimiento con una carta que resuma sus inquietudes, así como sus respuestas. Guarde una copia de toda la correspondencia y correos electrónicos en su archivo.

SI SU HIJO TIENE UN PLAN 504:

  • Escriba al Coordinador de la Sección 504 en su distrito escolar. Debería haber recibido este nombre en la reunión cuando solicitó que se evaluara a su hijo en busca de adaptaciones. Si no es así, solicítelo a la escuela o a uno de los miembros del equipo 504.
  • Si habla con el coordinador por teléfono o en persona, haga un seguimiento con un resumen escrito de la conversación, para que tenga documentación de lo que se discutió.

Debido a que los IEP y los Planes 504 son monitoreados de cerca, no seguirlos es un delito federal, hablar con el distrito escolar generalmente resuelve el problema. Los maestros y las escuelas no quieren que se les considere no conformes al implementar los planes.

Seguí los pasos que usted describió, pero mi hijo todavía no recibe las adaptaciones en su IEP. ¿Cómo llevo esto al siguiente nivel?

Existen procedimientos establecidos para que usted solicite una audiencia de debido proceso para resolver la situación.

SI SU HIJO TIENE UN IEP:

  • Presente una queja por escrito a la escuela y solicite una mediación.
  • Solicite una audiencia de debido proceso. Es posible que deba trabajar con un abogado experimentado o un defensor de la educación, ya que los procedimientos para una audiencia de debido proceso son complicados.

SI SU HIJO TIENE UN PLAN 504:

  • Presente una queja por escrito al Coordinador 504 en su distrito escolar.
  • Presente una queja ante la Oficina regional de Derechos Civiles, que supervisa la Sección 504s.

Durante el proceso de resolución, es una buena idea contratar a un profesional de educación especial. Hay una diferencia entre un defensor de educación especial y un abogado. No hay títulos o requisitos de licencia para los defensores: cualquiera puede llamarse a sí mismo un defensor de educación especial. Si decide que no necesita un abogado, pero cree que un defensor lo ayudaría, asegúrese de solicitar información de antecedentes, clientes anteriores y referencias antes de contratar a uno.

Comience preguntando a otros padres de niños con discapacidades recomendaciones de defensores y abogados en su área. También puedes buscar:

  • La Red Nacional de Derechos de los Discapacitados (ndrn.org)
  • Páginas amarillas de Wrightslaw (yellowpagesforkids.com)
  • Consejo de Padres Abogados y Defensores (copaa.org)
  • Directorio de recursos para padres que ayudan (php.com/resources)

Actualizado el 15 de septiembre de 2017

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